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Servicio tributario

Devolución de Retenciones de IVA

Recuperamos el crédito tributario acumulado por retenciones en la fuente del IVA. PLUSDATA gestiona tu solicitud ante el SRI de principio a fin, sin anticipos.

Hasta 90 días hábiles Sin anticipos 99.2% efectividad
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COMPROBANTE DE RETENCIÓNRETENCIÓN EN LA FUENTE IVASERVICIO DE RENTAS INTERNASRetención acumulada$474,311.13Enero – Julio 2024DEVUELTOIVAcrédito90días hábilesresoluciónSin anticiposPersonas naturales y jurídicas99.2% efectivo
¿Qué es y cuándo aplica?

Crédito tributario por retenciones de IVA

Cuando las retenciones de IVA que te practicaron no pueden compensarse en los próximos 6 meses, tienes derecho a solicitar su devolución al SRI. Esta situación se presenta con frecuencia en:

Empresas proveedoras del Estado

El Estado retiene el 100% del IVA en sus compras, generando crédito que no se compensa

Servicios a grandes contribuyentes

Retenciones frecuentes que acumulan saldo tributario mes a mes

Empresas de seguridad privada

Facturación recurrente con retención del 70% a agentes de retención

Empresas de tecnología y consultoría

Servicios a grandes contribuyentes con retenciones permanentes de IVA

Empresas de construcción

Proyectos con retenciones frecuentes y ciclos largos de recuperación

Negocios con márgenes de rentabilidad bajos

El IVA retenido supera al IVA causado en ventas

Plazo máximo de resolución: 90 días hábiles Art. 69 LORTI — cuarto inciso
¿A quién aplica?

Contribuyentes que pueden solicitar la devolución

Tanto personas naturales como jurídicas privadas pueden aplicar, siempre que cumplan con los requisitos del SRI y presenten la documentación en los formatos establecidos.

Persona Natural

Ecuatoriana o extranjera, obligada o no a llevar contabilidad. Debe haber presentado sus declaraciones de IVA mensualmente y al día.

Persona Jurídica Privada

Sociedades bajo control de la Superintendencia de Compañías. Requiere representante legal y cumplir con los requisitos contables adicionales.

Marco normativo

Respaldo legal de tu devolución

Tu derecho a la devolución está establecido en la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y regulado por resoluciones del SRI. Pasa el cursor para ver el texto legal.

Art. 69 LORTI Cuarto inciso
Derecho a la devolución de retenciones de IVA
pasar el cursor para ver texto legal

"...el crédito tributario originado por retenciones en la fuente de IVA será objeto de devolución por parte de la administración tributaria, previa solicitud del contribuyente, cuando se presuma que en los seis meses posteriores no podrá compensarse con el IVA causado."

Art. 69 — Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno
Res. NAC-DGERCGC 18-00000070
Normas de devolución del crédito tributario de IVA
pasar el cursor para ver texto legal

"Establece los requisitos, procedimientos y formatos para que los contribuyentes soliciten la devolución del crédito tributario originado por retenciones en la fuente del IVA. Publicada en el S.R.O. No. 202 del 16 de marzo de 2018 y sus reformas."

Resolución SRI — 2018 y reformas vigentes
Documentos necesarios

Requisitos del trámite

PLUSDATA te guía en la preparación correcta de cada documento para evitar observaciones del SRI.

Procedimiento

Cómo se procesa tu solicitud

Una vez presentada la solicitud, el SRI sigue este proceso hasta la resolución y acreditación de los valores.

1

Ingreso de la solicitud

Se presenta en las ventanillas del SRI o a través de SRI en Línea — Ventanilla Virtual, adjuntando todos los requisitos y comprobantes en el formato correcto.

2

Validación de legitimación

El SRI verifica que la solicitud esté completa y cuente con la legitimación del compareciente. Si no cumple algún requisito, emite un oficio de archivo.

3

Revisión y requerimientos

El SRI revisa la información y puede solicitar documentos probatorios adicionales. PLUSDATA atiende oportunamente estos requerimientos para no detener el proceso.

4

Resolución en hasta 90 días hábiles

El SRI emite una resolución que notifica al contribuyente por el buzón electrónico del portal SRI en Línea o de forma física según corresponda.

5

Reintegro del valor aprobado

La devolución se realiza mediante acreditación en cuenta bancaria o Nota de Crédito Desmaterializada — modalidad recomendada por su mayor flexibilidad tributaria. PLUSDATA puede asesorarte en la venta efectiva y segura de la nota de crédito a través del mercado de valores, convirtiéndola en liquidez inmediata de forma legal y transparente.

¿Tienes retenciones de IVA sin compensar?

Evaluamos tu situación sin costo. Si aplicas, PLUSDATA se encarga de todo el proceso ante el SRI — sin anticipos, solo cobramos cuando recuperas.

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